INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO     Y SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCIÓN de la INSPECCIÓN de TRABAJO

D. Juan Antonio González Sánchez, en calidad de Secretario General de la Sección Sindical en Metro del Sindicato SOLIDARIDAD OBRERA, con domicilio a efectos de notificación en c/ Valderribas nº 49,  2º izq., 28007-Madrid (Teléfono:91-379 87 33), manifiesta que por medio del presente escrito venimos a presentar escrito adicional a la denuncia presentada el 2 de febrero de 2007 por el incumpliendo reiterado del art. 35 del ET sobre limitación de horas extraordinarias, contra la empresa METRO DE MADRID, S.A., con domicilio a efectos de notificación en c/ Cavanilles nº 58, 28007 de Madrid; en base a los siguientes,

HECHOS:

Primero.- Que durante la entrevista mantenida por esta parte y la Inspección de Trabajo el día 22 de febrero, en el domicilio social de la empresa, respecto al objeto de la denuncia, la empresa anunció que tan solo 2 trabajadores habían superado el límite 80 horas anuales.

Segundo.- Que hemos constatado la falsedad de los listados de la empresa y como prueba adjuntamos nóminas de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx que no aparece en los listados y que hizo 89,50 horas. Téngase en cuenta que las pagadas en Enero de 2007 se realizaron en diciembre de 2006.

Tercero.- Que tenemos constancia fehaciente, aunque no podemos aportar las oportunas nóminas al no ser este trabajador afiliado nuestro, que el Maestro xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx también superó el límite anual de las 80 horas; lo cual se podrá comprobar con la revisión de sus nóminas de 2006 y enero de 2007.

Por todo ello:

Le pedimos que teniendo por presentado este escrito, con su copia, se sirva admitirlo, y tener por formulada y ampliada la denuncia por los hechos expresados y, en consideración con lo expuesto y tras los trámites oportunos, si así lo estimase, procediese a estimar vulnerado el artículo 35. del E.T. y se sancione de acuerdo con lo establecido en los artículos 95.4 y 97 del Estatuto de los Trabajadores y 7.5, 40 y 41 de la Ley 5/2000, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Madrid, a 14 de marzo de 2007

Por SOLIDARIDAD OBRERA

Fdo. Juan A. González Sánchez

RESOLUCIÓN de la INSPECCIÓN de TRABAJO