UNIDAD DE PREVENCIÓN Y SALUD LABORAL

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

 

Asunto: Análisis médicos toxicológicos

 

         El sistema médico de la empresa viene realizando análisis toxicológicos para determinar la capacidad psicofísica para la realización de las tareas en diferentes puestos de trabajo en los reconocimientos anuales y aleatorios.

          Existen compuestos como el TCH, que se encuentran en sustancias cannabicas cuyos efectos duran unas horas, mientras los resultados de la detección en los análisis de orina permanecen positivos durante varios días después del consumo, incluso en consumidores ocasionales. En los consumidores habituales, los resultados de los análisis pueden permanecer positivos más tiempo a medida que el Tetrahidrocannabinol se va eliminando lentamente de la grasa corporal. El tiempo que tarda es variable, dependiendo del porcentaje de THC y de la frecuencia del consumo. Los análisis de orina son un medio eficaz de identificar el uso de marihuana, pero una prueba de orina con resultado positivo sólo indica que la persona ha consumido marihuana, no prueba que el consumidor esté en ese momento con las facultades alteradas.

El THC es soluble en grasa (liposoluble), por lo que la eliminación del organismo es mucho más lenta que los componentes solubles en agua (como el alcohol).

Con esto, los trabajadores afectados están sufriendo una persecución de los hábitos personales que puedan tener fuera de su jornada laboral, que es un periodo en el que no tienen obligación para con la empresa en cuanto a capacidades psicofísicas. Hay que recordar que el consumo de estupefacientes no es delito en la legislación española.

Por todo ello, solicitamos que el análisis toxicológico utilizado por la empresa sea  el de saliva, que da los resultados sobre los niveles reales en el momento de realizarse. Este test ya se está empleando en otros procedimientos legales como los controles de carretera en Cataluña.

Además, siempre que se vaya a realizar dicho test deberá informarse al trabajador de esta circunstancia y proceder con la cautela, y rigor legalmente establecidos.

 

Madrid, 16 de mayo de 2007