UNIDAD de PREVENCIÓN y SALUD LABORAL

COMITÉ de SEGURIDAD y SALUD

 

 

Asunto: METRO LIGERO OESTE y TRABAJADORES de METRO

Derechos de los Delegados de Prevención

Visita a las dependencias de Metro Ligero Oeste (19/7/2007)

 

Ayer, 19 de julio, apenas unos días antes que los trabajadores de Metro de Madrid, S.A. tengan que trabajar en las dependencias de las empresas explotadores y/o gestoras de las líneas de Metro Ligero Oeste (ML2 y ML3), por fin los delegados de prevención pudimos acceder a ellas para realizar una primera visita de inspección. De nuevo, la Dirección de Metro de Madrid, S.A. se ha comportado con su actitud negligente habitual, que también en este escrito criticamos con claridad.

DERECHOS DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Los delegados de prevención tenemos derecho a realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, de manera que no altere el normal desarrollo del proceso productivo (Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 36.2.e). Durante la visita de ayer se mantuvo una escueta conversación sobre este asunto, en la que participaron sendos representantes de las empresas Alstom y Metro Ligero Oeste. No obstante, requerimos a la empresa que en breve, o a lo sumo durante el próximo pleno de ese comité (previsto para el día 30 de este mes), informe con detalle del protocolo para que los delegados de prevención podamos ejercitar nuestro derecho citado en el párrafo anterior, sin trabas, con rapidez y sencillez. Y que esa información detallada quede anotada en el acta de dicha reunión del Comité de Seguridad y Salud.

DETERMINADAS DEFICIENCIAS y CARENCIAS OBSERVADAS

A continuación nos vamos a referir a determinadas deficiencias y/o carencias en materia de prevención de los riesgos laborales que exigimos sean solventadas rápidamente y antes que presten servicio en esas dependencias los trabajadores de Metro. También se lo hemos requerido por escrito a la empresa Alstom, a través de su Servicio de Prevención, representado por el Sr. Díaz-Zorita.

Señalización. Debe señalizarse las zonas con riesgo de caída a distinto nivel (como las zonas de foso y el entorno del “ascensor” colocado en una de las vías-foso) y con riesgo de golpes (como las columnas y escaleras de las plataformas).

Extinción de incendios. Deben colocarse los extintores portátiles correspondientes, en número, ubicación, características y señalización.

Medios de comunicación. Debe garantizarse la existencia de suficientes y adecuados medios de comunicación para uso inmediato por los trabajadores (teléfono, megafonía).

Alumbrado de emergencia-evacuación. Debe garantizar la existencia de este tipo de alumbrado en todas las dependencias.

Ascensor de carga (vía de trabajo)

Riesgo de caída a distinto nivel (cuando el ascensor esté descendiendo o se halle en la base): señalización adecuada (como ya se ha advertido anteriormente) y existencia de medidas de protección colectiva (como barandilla circundante en al zona superior y en la base).

Señal de movimiento: el movimiento de este “ascensor” debe ir en sintonía con una alarma sonora que advierta su desplazamiento.

Otros riesgos de accidente: 1) deben adoptarse las medidas correctoras para evitar el riesgo de accidente provocado por los hierros o tiradores instalados en el suelo, en la zona de lavado; 2) las fuentes lavaojos deben estar colocadas en lugares que garanticen su higiene y accesibilidad rápida.

Vestuarios: durante la visita, todas las empresas implicadas (Metro de Madrid, S.A., también) quedaron advertidas que sus dimensiones y dotación eran insuficientes, así como que no deben colocarse taquillas y otros elementos en las zonas de aseo y retretes.

Primeros auxilios (material, atención, etc.). En todo caso, debe asegurarse la existencia de material de primeros auxilios (adecuado, accesible, señalizado, revisado, etc.) y que los trabajadores dispongan y conozcan de un protocolo de atención de accidentes y urgencias.

Madrid, 20 de julio de 2007

Por SOLIDARIDAD OBRERA,

Fdo. Manuel Delgado Andrés

Delegado de Prevención