UNIDAD de PREVENCIÓN y SALUD LABORAL

COMITÉ de SEGURIDAD y SALUD

 

 

Asunto: Sistema CBTC.

Impugnación circular Unidad Operativa 49/08


Como ya anunciamos en nuestro escrito de 22 de Mayo, con entrada en este comité de seguridad y salud Nº 13144 del 23/05, estamos en total discrepancia sobre la manera de situar el tren correctamente en la estación una vez éste rebase menos del 50%, la que denominan “retroceso condicionado”, en la que vuelven a incidir como protocolo a seguir en su punto 2: “Poner inversor en marcha atrás y seleccionar modo M+20”.

 

Ya que la circular 49/08 de la Unidad Operativa implanta la puesta en servicio en línea 6 del sistema de conducción CBTC sin tener en cuenta nuestra alegación, estamos en total desacuerdo e impugnamos la circular aludida.

 

Esta manera de retroceder ha sido implantada de manera unilateral por la empresa y variando la normativa actual sobre circulación sin existir negociación alguna.

 

Las posibles responsabilidades que se puedan derivar por este temerario procedimiento para retroceder deberán ser asumidas por la empresa.

 

Insistimos en que, en todo momento, el conductor debe encontrarse en la cabina de conducción del sentido de marcha, para actuar si surgiese alguna incidencia. Por seguridad y por responsabilidad.

 

 

Madrid, 19 de Junio de 2008

Por SOLIDARIDAD OBRERA

 

 
 

                                                Fdo.: Mª Dolores Ramírez Sánchez

Delegada de Prevención