TTIP o el capitalismo salvaje
Las consecuencias sociales y laborales del TTIP: crónica de un desastre anunciado
El Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones (TTIP en sus siglas en inglés) entre EE.UU. y la UE se esta negociando entre las grandes empresas multinacionales y las élites políticas a espaldas de la ciudadanía de ambas regiones.
Su objetivo teórico es suprimir obstáculos arancelarios a la actividad comercial (sin embargo las tasa aduaneras ya son bastantes bajas: 5,2% en la Unión Europea y 3,5% en los Estados Unidos de América), la inversión, el crecimiento económico y la creación de empleo.
Su objetivo real es desregular y eliminar derechos sociales, laborales, sindicales, normativas medioambientales y privatizar los servicios públicos como la salud, la educación, el agua, los transportes, etc., para conseguir más beneficios.
El TTIP pretende garantizar las inversiones de las empresas por encima de las leyes de los Estados, hasta el punto de que éstos tendrán que indemnizar a las empresas si ven perjudicado el nivel previsto de sus ganancias, a través del Instrumento de Resolución de Conflictos entre Inversores y Estados, los famosos tribunales de arbitraje, no sometidos a la justicia ordinaria de los Estados.
El TTIP es una vuelta de tuerca más, para acabar con los derechos de la ciudadanía y disciplinar a los trabajadores y trabajadoras, al acentuar los procesos de recortes, privatización y liberalización de flujos de capitales, aumentando todavía más el poder del gran capital, tal como ha sucedido con otros tratados, como con el Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA en inglés).
Desde esta perspectiva sus consecuencias van a ser negativas para la agricultura, la alimentación y el medio rural, la salud, la privacidad, el empleo, los derechos laborales y sociales y el medio ambiente.
CONSECUENCIAS PARA EL EMPLEO Y LOS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES
Según el gobierno de EE.UU. con el TTIP se crearían millones de puestos de trabajo. Existen estudios que hablan de la creación de 750.000 empleos y de un aumento del Producto Interior Bruto (PIB) en la UE de entre 1% y 0,5% hasta el 2.027, pero la misma Comisión lo reduce al 0,1%. Se destruirían empleos en la industria cárnica, el sector de los fertilizantes, el bioetanol, el azúcar, bienes de equipo y el metalúrgico.
Un estudio alternativo y crítico realizado por la Universidad de Tufts, afirma, entre otras cosas, que se perderían 600.000 puestos de trabajo en la UE, las rentas del trabajo se reducirían en su participación en el PIB y se perderían ingresos público.
En lo que se refiere a los derechos laborales y sindicales, hay que tener en cuenta la “armonización” de la regulación, la igualación a la baja.
En Estados Unidos los derechos laborales y sindicales brillan por su ausencia, en la Unión Europea por ahora están garantizados, pero no armonizados1, al menos aunque formalmente estén mínimamente garantizados, se conculcan e incumplen cada vez más.
EE.UU. solamente ha firmado dos de los ocho convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los contrarios al trabajo infantil y al trabajo esclavo, pero no los que se refieren a la negociación colectiva y al derecho de organización y asociación.
Tampoco ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos (incluidos los derechos laborales, sindicales y de salud), sociales y culturales, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966 y que entró en vigor el 3 de enero de 1976.
Asimismo, entre los Estados de la Unión existe una competitividad por atraer inversores, tanto de otros Estados como de países extranjeros, para los cual en 24 de ellos han rebajado los salarios y recortado derechos en seguridad y salud laboral. La negociación colectiva y la organización sindical no están reconocidas, por lo tanto el derecho de huelga y la libertad sindical han desaparecido del mundo laboral.
Se dan “facilidades para trabajar” (disponibilidad para el empleo o empleabilidad), en lugar de trabajo. Se ha implantado el llamado Workfare, la aceptación de cualquier trabajo bajo presión por parte de los parados (desde una visión neoliberal se responsabiliza a los desempleados de su propia situación, y no al contexto socioeconómico que produce paro, pobreza y desigualdad), que también se denomina paradójicamente right to work (derecho a trabajar). No está establecido el salario mínimo, ni la seguridad y la salud en el centro de trabajo.
Los trabajadores de algunas multinacionales, como Wal-Mart y McDonald’s, cobran salarios de hambre, y tanto es así, que tienen que solicitar los bonos de alimentación que concede el gobierno a los pobres.
Esta es la situación laboral que muy probablemente podría implantarse en los países de la UE, en aras de la competitividad, si llegara a firmarse el TTIP.
Por otro lado, EE.UU. es el país más desigual del mundo, donde no se reconoce el acceso a la atención médica como un derecho humano fundamental. Su sistema de salud es privado casi en su totalidad y de baja calidad. Recientemente se ha ampliado la atención sanitaria con el presidente Obama, sin embargo casi la mitad de los 50 Estados de la Unión se niegan a ampliar la atención sanitaria para los pobres.
Esta situación es debida principalmente al poder económico de las grandes aseguradoras médicas. El que tiene dinero puede acceder a una atención sanitaria de calidad.
Por su parte la UE hace ya décadas que aplica la política neoliberal en todos los ámbitos, incluido especialmente el socioeconómico, la política social, donde está incluida la política laboral, que se delega claramente en los Estados miembros. Dicha política no sólo no acaba con la desigualdad, el paro y la pobreza sino que los agudiza. Se limita a diseñar y elaborar Planes, para que los pongan en marcha los Estados.
Se considera a los parados, igual que en EE.UU., como los únicos responsables de su situación, por lo que hay que hacerlos “empleables”, aplicándoles “políticas activas de empleo” (individualizan el problema) y presionándoles para que acepten cualquier empleo, al potenciar los contratos temporales y a tiempo parcial, el trabajo precario2.
Las prestaciones han perdido su consideración de DERECHOS y se han tornado en “contratos obligacionales”, cual seguro asistencial, debilitando seriamente las condiciones laborales.
Se está ampliando la edad de jubilación y reduciendo las pensiones. Las reformas laborales dan todavía más poder a los empresarios. Por este motivo, ha habido huelgas generales en Grecia, Portugal, España y, recientemente, también en Italia y Bélgica.
Esta es la precaria situación de los derechos laborales y sociales en la UE, en el marco del Tratado de Lisboa todavía vigente, que se asemeja cada vez más, de un modo inquietante y peligroso, a los parámetros estadounidenses.
Por consiguiente, es necesario luchar contra esta construcción europea y contra el TTIP, desde la sociedad civil, los trabajadores y trabajadoras y los sindicatos alternativos de clase, de forma coordinada y eficaz, para que el gran capital no logre hacer desaparecer los derechos fundamentales, entre los que se encuentran los derechos sociales, laborales y sindicales, cuya eliminación es el objetivo real de estos acuerdos.
¡Contra la globalización de la explotación económica, internacionalismo obrero y solidaridad de clase!
BLOQUE COMBATIVO Y DE CLASE
ALTERNATIVA SINDICAL DE TRABAJADORES (AST)
BALADRE
CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO (CGT)
CONFEDERACIÓN NACIONAL DEL TRABAJO (CNT)
COMISIONES DE BASE (CO.BAS)
COORDINADORA SINDICAL DE CLASE (CSC)
INTERSINDICAL ARAGÓN (IA)
SINDICATO ASAMBLEARIO DE SANIDAD (SAS)
SOLIDARIDAD OBRERA (SO)
Notas:
1. La no armonización en mínimos básicos (salarios mínimos, jornadas, condiciones de trabajo) posibilita tanto el dumping laboral, como el social y facilita “la libertad absoluta del capital para movilizarse, allí donde los costes laborales son o bien más bajos o bien las legislaciones laborales nacionales son más liberales o permisivas”
2. El penúltimo “despropósito” de los sindicatos del régimen (cc.oo + ugt), en la firma de los 426 € durante seis meses, por una sola vez, viene condicionado por estas “políticas de empleabilidad”: el parado, parada, “firma un contrato individualizado” de disponibilidad obligada para seguir una ruta laboral, donde el empresario (cualquiera) juega con la ventaja en su contratación, en tanto en cuanto, la persona” asistencializada por la ayuda de caridad”, no podrá rechazar cualquier contrato que se le ofrezca.