El Tribunal Supremo ha declarado la inadmisión del recurso e unificación de doctrina interpuesto por Renfe contra la sentencia de nulidad en el despido dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Ha reafirmado la sentencia en todos sus puntos y condenado a costas a Renfe. Contra este auto no cabe recurso alguno.

Estamos muy contentos en SOLIDARIDAD OBRERA y orgullosos de Arturo Acón y de lo conseguido en esta dura lucha.

Viva la lucha de la clase obrera.

El Tribunal Supremo certifica la inadmisión del recurso interpuesto por RENFE contra la nulidad del despido del compañero Arturo Acón y además condena a costas a Renfe

El compañero Arturo, Maquinista Jefe de Tren de la RENFE desde abril de 1.980, fue despedido disciplinariamente por la Red Nacional de Ferrocarriles con fecha 5 de febrero de 2.014.

El motivo: haber actuado como abogado en defensa de trabajadores de RENFE contra ésta. Si bien es cierto su actuación como abogado, no lo es menos que hacía 15 años que así lo venía ejerciendo en defensa de trabajadores afiliados a SOLIDARIDAD OBRERA o a la Coalición Ferroviaria en la que la Sección Sindical de RENFE de la primera estaba integrada. El Juzgado de lo Social Nº 2 de Alicante estimó el despido del compañero Arturo procedente.

Interpuesto recurso de suplicación contra dicha sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana revocó dicho fallo y dictó otro en su lugar en el que declaró dicho despido nulo, por vulneración del derecho de libertad sindical, condenando a RENFE a la inmediata readmisión del trabajador y a indemnizarle con los salarios dejados de percibir –desde febrero de 2014 a mayo de 2016- así como con 18.000 euros por daños morales.

RENFE, que no tuvo más remedio que readmitir al compañero Arturo, tras ejecutar éste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, interpuso recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo con fecha 9 de febrero emite el Auto definitivo sobre el recurso de casación de Renfe Viajeros por falta de contradicción de las dos sentencias de contraste aportadas por Renfe.

Por lo tanto LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO ACUERDA:

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Alberto…, en nombre y representación de RENFE VIAJEROS SA, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 15 de marzo de 2016, en el recurso de suplicación número 3…/2015, interpuesto por D. ARTURO ACON BONASA, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de los de Alicante de fecha 5 de marzo de 2015, en el procedimiento nº 2../2014 seguido a instancia de D. ARTURO ACON BONASA contra RENFE VIAJEROS S.A., RENFE OPERADORA S.A. y MINISTERIO FISCAL, sobre despido con vulneración de derechos fundamentales.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente (Renfe) y pérdida del depósito constituido, dándose a la consignación efectuada el destino legal.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

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