PLATAFORMA DE CONVENIO 2020 SOLIDARIDAD OBRERA
1- Vigencia 2 años. 2020-2021. Máximo 4 años (2020-2023).
2- Subida salarial Previamente abonar y consolidar los incrementos aún no percibidos del convenio 2016-2019. La subida salarial para 2020 será con reparto lineal para toda la plantilla de 120 € al salario base en cada una de las quince pagas. Todos los complementos salariales y la paga Plus Convenio se incrementarán en un 10 %. Para el año 2021 subida del 2,5%. De llevarse el convenio a 4 años, en 2022 la subida salarial se repartirá linealmente en la misma cantidad que 2020. Para 2023 subida salarial del 3%
3- Creación de empleo Con carácter previo, ingreso de los 36 Jefes de Sector y 400 Maquinistas de Tracción Eléctrica (en bolsa) pendientes del convenio 2016-2019.
Contratación de nuevo ingreso para Maquinistas y Estaciones con el fin de cubrir la plantilla necesaria para cumplir las tablas de trenes y todos los turnos en todas las estaciones, las jubilaciones y todas las bajas definitivas que se produzcan por otros motivos.
Contratación de nuevo ingreso para Oficio con el fin de cubrir la plantilla en Material Móvil y en la Área de Mantenimiento de Instalaciones y en el Área de Obras, Infraestructuras y Accesibilidad, para internalizar todos los trabajos actualmente realizados por contratas, y aquellos que vayan saliendo de garantía.
Garantizar la no externalización de ningún trabajo que realizan trabajadores de Metro y recuperación de todos los externalizados, (incluida la limpieza de las instalaciones) con la subrogación de los trabajadores y trabajadoras actuales.
Garantía de contratación por tiempo indefinido y a jornada completa. Garantía de no utilizar procedimientos de despido colectivo, ERE, ERTE ni aplicación del art. 41 del E.T.
4-Reducción de jornada Reducción de 8 horas de la jornada anual para 2020 y de 8 más en 2021. Aumento de un PAP retribuido de los 11 existentes a partir de 2021, quedando por tanto en 8 retribuidos y 3 sin retribuir.
5– Temas relacionados con el amianto Cumplimiento estricto del RD Ley 396/06. Inscripción de Metro en el registro de empresas con riesgo de amianto, RERA. Puesta en marcha inmediata de la vigilancia sanitaria con TCAR para toda la plantilla. Fondo de compensación por exposición al amianto.
6- Mesa Técnica de MTE sistemas de descanso, localización de entrada y salida. Puesta en marcha en 2021 del nuevo sistema de descansos que favorece descansos en sábado-domingo. Propuesta de mejora de las condiciones de trabajo diarias de entrada y salida
7- Abono Transporte Para familiares (cónyuge e hijos) y para trabajadores y trabajadoras con Incapacidad reconocida, sus cónyuges e hijos a cargo, así como a los jubilados y sus cónyuges.
8- Guarderías Infantiles Dentro de las instalaciones, con horario amplio de apertura para facilitar su uso, de 05:00h a 20:00h. Será atendida por profesionales que pertenecerán a la plantilla de Metro.
9- Permisos Oficiales Se iniciarán en el momento del hecho, trasladándose al día siguiente si sucede tras la realización de la jornada laboral. En caso de que sucediera durante la jornada de descanso, se iniciará el permiso en el primer día de trabajo.
Adaptación y adecuación a los permisos recogidos en el RDL 6/2019 cuando no estén mejorados por nuestro convenio
10- Formación Profesional Se darán cursos de reciclaje en la formación de cada colectivo para todos los trabajadores de la Unidad Operativa, Material Móvil, Área de Mantenimiento de Instalaciones y Área de Obras, Infraestructuras y Accesibilidad. En 2021 todos los trabajadores y trabajadoras habrán recibido todos los cursos de sus colectivos y los genéricos.
11- Seguridad Recuperar la condición de Agente de la Autoridad que recogía el Reglamento de viajeros.
12- Violencia de Género Las víctimas de violencia machista tendrán una bolsa de horas, de 120 h. anuales recuperables, para afrontar temas relacionados con esa situación.
13- Seguro de Vida Activar el Seguro de vida (desactivado por la Ley 4/2012 de la Comunidad de Madrid) duplicando las cantidades a 25000 € por muerte en activo y 50.000 si es por accidente laboral.
Madrid, 7 de enero de 2020
Por Solidaridad Obrera
LA JUNTA SINDICAL