COMITÉ de SEGURIDAD y SALUD

Asunto: Riesgos laborales derivados de la falta de radioteléfonos portátiles en los trenes 7000

Los trabajadores de línea 10 nos han manifestado que los trenes 7000 no llevan los radioteléfonos móviles que deben llevar los citados trenes en la cabina de sus unidades M-1 y M-2.

 

El citado radioteléfono viene concebido en la circular 121/02 de la Unidad Operativa como un elemento principal y por tanto no es admisible su falta; consideramos que se trata de una deficiencia en materia de seguridad y salud.

 

Nos consta que la Unidad Operativa a través de sus mandos y responsables en la línea tiene pleno conocimiento de la falta de este elemento. Y no hacen nada por subsanar estas carencias; es más dicen que no pierdan el tiempo denunciándolas. Esta es, una vez más, la responsabilidad que demuestran desde sus agradables despachos.

 

Además de las diversas alternativas que ofrece a nivel operativo, este radioteléfono se configura como un claro elemento de seguridad, ante la posible avería del radioteléfono principal y dado la gran distancia que hay hasta encontrar otro radioteléfono ( desde cabeza a cola del tren).

 

Cuando el conductor tiene que abandonar la cabina por algún motivo el radioteléfono portátil puede ser una clara ayuda y un elemento de seguridad para pedir ayuda y comunicar de forma rápida posibles incidencias.

 

Solicitamos que se repongan los radioteléfonos portátiles en el citado material 7000, y que en el siguiente pleno del Comité de Seguridad y Salud la empresa se manifieste al respecto de su falta.

Madrid, 26 de julio de 2004

Por SOLIDARIDAD OBRERA,

Fdo. Abraham Paliza Gea.