Conflicto Colectivo composición de las Comisiones de Trabajo.
SUPLICO AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y en su virtud tenga por interpuesta DEMANDA DE CONFLICTO COLECTIVO contra METRO DE MADRID, S.A. y OTROS y, tras los trámites legales que procedan, determine la citación de las partes al Acto de Conciliación y en su caso Juicio, tras el cual, en definitiva, se dicte Sentencia en la que se efectúen los pronunciamientos siguientes:
· 1º QUE DECLARE EL DERECHO QUE ASISTE A LA SECCIÓN SINDICAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE SOLIDARIDAD OBRERA A ESTAR PRESENTE EN LA COMISION DE SEGUIMIENTO Y DESARROLLO CON 2 MIEMBROS Y CON UNO EN CADA UNA DE LAS DOS COMISIONES DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS SECTORIALES DE PRODUCTIVIDAD, ASÍ COMO A FORMAR PARTE DE TODAS LAS COMISIONES O MESAS QUE PUEDAN CREARSE EN EL FUTURO (en desarrollo del convenio 2005-2008) Y EN ATENCIÓN A LA PROPORCIONALIDAD DE LOS RESULTADOS ELECTORALES VIGENTES EN LA EMPRESA METRO DE MADRID, S.A. Y TODO ELLO CON EFECTOS DESDE LA CONSTITUCIÓN DE LAS TRES COMISIONES.
· 2º QUE SE DECLAREN NULAS Y SIN EFECTO TODAS LAS ACTUACIONES Y LOS ACUERDOS REALIZADOS POR LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y DESARROLLO DEL CONVENIO COLECTIVO 2005-2008 Y LAS COMISIONES DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS SECTORIALES DE PRODUCTIVIDAD DERIVADAS DE DICHO CONVENIO LLEVADAS A EFECTO SIN LA PRESENCIA DE LOS MIEMBROS DESIGNADOS POR SOLIDARIDAD OBRERA.
· 3º QUE SE DECLAREN NULAS Y SIN EFECTO TODAS LAS ACTUACIONES Y ACUERDOS REALIZADOS POR LAS MESAS DE PRODUCTIVIDAD CONSTITUIDAS EN VIRTUD DEL CONVENIO COLECTIVO CITADO.
· 4º QUE SE CONDENE A LOS DEMANDADOS A ESTAR Y PASAR POR EL CONTENIDO Y EFECTOS DE LAS ANTERIORES DECLARACIONES.
SUPLICA NUEVAMENTE AL JUZGADO DE LO SOCIAL: Que teniendo en consideración las anteriores manifestaciones, de las órdenes conducentes a la práctica de la prueba que se solicita.
En fecha y lugar “ut supra”.
Por ser de Justicia que pido en Madrid, a 14 de diciembre de 2005