Siempre que la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid permita establecer beneficios sociales en el sector público perteneciente a la misma, los trabajadores en activo estarán asegurados, mediante la correspondiente Póliza de Seguro Colectivo de Vida, en los términos y por los capitales que seguidamente se enuncian:
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CLÁUSULA 23ª.- Póliza de seguro colectivo de vida de los trabajadores en activo.
Posted In TÍTULO QUINTO - VARIOS