CLÁUSULA 16ª.- Teletrabajo. (NUEVA CLÁUSULA)
1.- OBJETO Y DEFINICIONES Las Partes convienen en regular la modalidad organizativa de teletrabajo, de conformidad con lo dispuesto al efecto en el RDL 28/2020, de Trabajo a distancia. A estos efectos, se asumen las siguientes definiciones establecidas en el citado RDL: – trabajo a distancia: la forma de organización ( more… )