CLÁUSULA 39ª: Nuevo catálogo de faltas y sanciones y procedimiento disciplinario.
A)- Definición y calificación de las faltas Se considera falta laboral toda acción u omisión que suponga quebranto o desconocimiento de los deberes de cualquier índole impuestos por las disposiciones legales en vigor, la normativa convencional y las órdenes e instrucciones emanadas de la dirección de la empresa en el ( more… )